Eduardo Ortiz León
Caborca, Sonora.- Todos los estatutos referentes a la elección de dirigentes y motivos para expulsión o destitución que contempla la ley federal del trabajo fueron violados por la empresa y el sindicato para no dar posesión a Rosario Tapia.
Este fue elegido de manera democrática y en asamblea legal donde estuvieron presentes la mayoría de los trabajadores quienes votaron a su favor obteniendo mas de dos tercios de la votación pese a ello la empresa no lo acepto y confabulados con la dirigencia nacional del Frente de renovación nacional, sindicato a modo, impusieron a quien quedo en segundo lugar de la votación.
Tapia Hernández, trabajador de la empresa durante cuatro años y quien nunca había sido o estado en labores de dirección de un sindicato dijo que este domingo se dirigiría a la ciudad de México para acudir a la Secretaria del trabajo a exponer su caso, toda vez que no se le permite la entrada a su centro de trabajo pese a que no se le ha notificado de manera legal que esta despedido de la empresa y por lo tanto tiene sus derechos laborales a salvo.
Una vez que regrese dijo, reta a Carlos Pavón artífice de su destitución de acuerdo con la empresa a un debate publico para que los trabajadores determines quien habla con la verdad y la verdadera razón de porque tratan de hacerlo a un lado del sindicato al que pertenece.
Entre sus argumentos dice que según el articulo 371 en el capitulo VII para proceder a expulsar a alguien tienen que observarse los siguientes procedimientos y no se hizo de tal manera.
Primeramente debe de reunirse la asamblea de trabajadores para efecto de darles a conocer la expulsión, de acuerdo a su inciso A, cuando se trate de sindicatos integrados por secciones el procedimiento de expulsión se llevara a cabo ante la asamblea de la sección correspondiente en este caso la 94 y debe someterse a la aprobación de los trabajadores que la integran, inciso B.
En su inciso C, se establece que el trabajador afectado será oído en su defensa de conformidad a lo que establecen los estatutos y esto nunca sucedió, dijo.
Los trabajadores deberán conocer de las pruebas en que se basa el proceso de expulsión, no podrán emitir su voto por escrito ni por medio de representante, debe ser aprobado por las dos terceras partes de la asamblea y la expulsión solo podrá darse en base a los casos expresamente consignados en los estatutos, debidamente comprobados y aplicables al caso.
Todo esto nunca se hizo y tampoco se cumplió con otras normas de la ley aplicables para un procedimiento de expulsión por lo que dijo, seguirá luchando para lograr su restitución y si es necesario acudir a el grupo contrario a el que lo depuso se hará pues la decisión la tomaron los trabajadores en asamblea legal y sin ninguna coerción para que votaran por el dijo.
Todos los que participamos lo hicimos con apego a la ley y la convocatoria emitida, no tengo nada contra el compañero que fue impuesto ni el otro que también participó, pero fui yo quien resulto elegido y si de verdad tienen la razón que acudan a un debate conmigo para que los trabajadores decidan quien dice la verdad y quien quieren que los represente, finalizó.
Autor: Cmdte. Ramón Eduardo O.L Este blog es un medio para publicar mis crónicas, poesía y gustos. Mas no solo mi trabajo narrativo y despoètico tambien de otros autores que deseen compartir. Esto es independiente y abierto a todo tipo de ideas y conceptos, en Literatura, Música y artes en general. Espero les guste sino es así¡Me vale madre y vayan a chingar su madre! a otro sitio. No soy educado, ni decente mucho menos barbero, que me lea quien lo desee¡Despierta México chingao!¿así como pues?
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Se admiten, madrazos, chingadazos si son justos y merecedores. Quien este libre de pecado que tire el primero